jueves, 18 de agosto de 2011

LECTURA No. 4 TERCER AÑO


1.3.4 INSTITUCIONES JURIDICO POLÍTICO

1. REGLAS Y NORMAS


En toda sociedad han existido y existen reglas y normas, el sistema capitalista no es la

excepción, ya que para su permanencia las sociedades antagónicas caracterizadas por la

desigualdad económica y social no pueden prescindir de ellas.

Las normas que rigen a una sociedad son: morales, jurídicas religiosas y las impuestas

por las costumbres. (Gallo, 1988: 130)

Normas morales: son aquellas que rigen a una sociedad determinada que manejan el


comportamiento del individuo, por ejemplo sus acciones buenas o las malas, o de ser

honrado o justo, se puede decir que estas normas no se encuentran estipuladas en leyes

ya que el buen comportamiento se trasmiten de generación en generación y la persona

que no cumplen con estas normas pueden recibir el desprecio de esa sociedad, en

algunos pueblos o comunidades es inmoral ser madre soltera, una mujer que se dedica a

la prostitución entre muchos ejemplos..

b) Las

normas jurídicas interesa el cumplimiento de las normas y no la intensión, el


Estado impondrá el pago de daños o perjuicios, indemnización, multas, amonestación,

embargos, perdida de la libertad o en su defecto puede darse la pena de muerte (en

algunos países) a toda persona o individuo que cometa un acto ilícito, como por ejem.

Robar, matar, el secuestro, el narcotráfico y otros delitos. Los deberes Jurídicos los

establecen la sociedad y el Estado y ordenan al individuo como comportarse en esa

sociedad.

C.

Las normas religiosas, cada religión tiene diferentes normas, rigen la conducta del


individuo respecto a Dios, no pecar, no ofender al prójimo, por ejemplo. En la religión

católica el de cumplir con el bautizo, el matrimonio por la iglesia etc. Hay que señalar que

algunas normas son al mismo tiempo morales y jurídicas o convencionales y religiosas,

había que diferenciar cada una.


d) Normas impuestas por la sociedad,

son reglas que se aprenden con una práctica


social esta puede ser en una familia, escuela o en un determinado grupo de amigos, lo

que se destaca en estas normas son por ejemplo la moda, comer con cubiertos, ir a la

escuela con uniforme etc.
2. CONCEPTO DE DERECHO

En el concepto de Derecho, según la teoría jurídica existen muchas corrientes que no

coinciden del todo; entre las más importantes tenemos: la materialista, la idealista, la

sociológica y la normativista. (Magaña, 2005: 49)

Materialista.
Esta corriente considera al Derecho como una lucha de intereses así

como una manifestación de la coacción que ejerce el Estado sobre la sociedad. A esta

corriente pertenecen los marxistas, quienes plantean el antagonismo entre las clases

sociales.

Idealista
. Considera que en el Derecho se encuentran la moral y los valores éticos

que rigen la conducta humana, tales como la justicia y reglas de una sociedad que

garantizan su bienestar y seguridad.

Sociológica.
Propone al Derecho como resultado de la convivencia humana, ya

que los individuos al vivir en compañía de otros, necesitan de un derecho bien

establecido para evitarse conflictos en esta convivencia, por ejemplo, el uso de los

semáforos, las señales de tránsito.

La Normativista
. Corriente que divide al individuo en el ser y el deber ser y

considera al derecho como la parte del individuo que se encuentra regido por normas

jurídicas: bilaterales y coercitivas;
anexa un vocabulario la primera implica obligaciones

reciprocas entre individuos por ejemplo una persona que renta un departamento, tiene la

obligación de prestar el inmueble en buenas condiciones y la otra persona que la va

habitar tiene el compromiso de pagar puntualmente la renta. El deber ser se refiere a las

sanciones a que se hace acreedor si no cumple esa obligación, siguiendo el mismo caso

se tiene; si no paga la renta puntualmente o en varios meses puede ser desalojando por

una orden jurídica.

3. La CONSTITUCIÓN POLITICA

“La Constitución es la institución jurídica política que coordina al Estado, atribuye y limita

al poder” (Magaña, 2005: 51) La constitución puede estudiarse desde dos aspectos el

sociológico y el jurídico. En el aspecto
jurídico, la podemos estudiar como Constitución

material y Constitución formal
. La primera encargada de organizar los poderes

públicos, es decir organiza al Estado, establece sus poderes y facultades. La

Constitución Formal la encontramos como el documento donde se establecen todas las

reglas o mandatos de un país. La constitución es elaborada por un Congreso

Constituyente integrado por una Cámara de Diputados, que a la vez representa a la

ciudadanía.

No hay comentarios:

Publicar un comentario